por mayoría integrada por las juezas Alicia E. C. Ruiz, Ana María Conde e Inés M. Weinberg interpretó que los efectos de la sentencia que dispuso el sobreseimiento en sede penal, en una causa donde se investigó el presunto delito de desbaratamiento de derechos acordados, no inhabilita el examen de la legitimidad del reclamo del GCBA –que solicita la declaración de nulidad de la compraventa del inmueble-, fundado en causas y extremos fácticos diferentes a los que motivaron el sobreseimiento, y en consecuencia, revocó la sentencia de Cámara que hizo lugar a la excepción de cosa juzgada. Causa SACAyT n° 13152/16; “GCBA c/ Alto Palermo y otros s/ impugnación actos administrativos s/ recursos de apelación ordinario concedidos”; sentencia del 06/09/2017. Los jueces Luis F. Lozano y José O. Casás, en minoría, rechazaron los recursos interpuestos por falta de fundamentación suficiente.